Hacia una nueva política de drogas

En los últimos años la temática de las drogas y su consumo problemático han sido un eje central de las agendas públicas y políticas. A pesar de los múltiples esfuerzos e inversiones que se han realizado en la materia no se visualizan mayores avances. La población continúa consumiendo drogas y las redes de tráfico se expanden aún más, derrumbándose así la utopía de un mundo sin drogas. Desde ahí resulta válido preguntarse por la política y el abordaje que se ha utilizado para enfrentar este fenómeno social y la necesidad de una reformulación del mismo.

La legislación chilena actual (Ley N° 20.000) se enmarca desde un enfoque prohibicionista, implementado desde la promulgación de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, priorizando abordajes represivos y de control. Es la herencia de «la guerra contra las drogas» impulsada en ese entonces por el presidente estadounidense Richard Nixon. Desde ahí el consumo de drogas comenzó a ser concebido como un crimen y una amenaza a la seguridad nacional que debía ser erradicada, atacando tanto los focos de consumo (demanda) como los circuitos de tráfico (oferta) (Del Olmo, 1989; Escohotado 1998a).

drug-warLa tónica general de la citada ley es ampliar e intensificar tanto las penas como las técnicas investigativas -mermando otras garantías en juego como la debida protección y respeto a la vida privada que garantiza la constitución (artículo 19 N° 4)-. Bajo ese marco se sanciona el porte de drogas ilícitas. Y si bien el objetivo manifiesto de esta Ley es proteger la salud pública, es por lo menos cuestionable el hecho de que drogas como el tabaco y el alcohol -con tasas de prevalencias mucho más altas que las drogas ilegales, y con impactos sobre la salud considerablemente mayores- no estén prohibidas (Departamento de Epidemiología, MINSAL, 2008). Es una de las dudas que surge al dar cuenta de que la prohibición de determinadas sustancias no se condice necesariamente con la peligrosidad de las mismas, mediando factores no sólo de salubridad sino también económicos, políticos e ideológicos.

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De la actual legislación, se desprende entonces una doble categorización de los consumidores de drogas. Si lo que se pretende es proteger la salud pública, el supuesto a la base es que el consumo de drogas ilícitas merma directamente la salud de los consumidores, por lo que éstos serán catalogados de enfermos. Por otra parte, el hecho de que el Servicio Nacional de prevención y rehabilitación del consumo de Drogas y Alcohol (SENDA), organismo encargado de dar curso a la política de drogas en el país, dependa del Ministerio del Interior implica que la drogadicción sea considerada un tópico más de la seguridad pública, por cuanto quienes atenten contra ésta -consumiendo o traficando drogas- serán catalogados como delincuentes. En ambos casos, el consumidor, sería una persona que pierde el control volitivo de su accionar y se deja dominar o esclavizar por la sustancia. Por lo tanto, se vuelve necesario el despliegue de un aparato de control sanitario-penal, estigmatizándose y excluyendo aún más a los consumidores de drogas.

El abordaje prohibicionista se erige como paradigma hegemónico y plantea una sociedad libre de drogas por lo que se debe prohibir cualquier tipo de consumo, incluso los ocasionales y recreativos, ya que éstos necesariamente desembocarían en una adicción, justificándose la respuesta penal al consumo con el fin de proteger a la sociedad. Se tiene entonces una mirada reduccionista, donde el foco está puesto en la sustancia pasando por alto otros factores sociales que inciden en la drogodependencia como por ejemplo la desigualdad y exclusión social, entre otros.

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En su contraparte se encuentra el paradigma de reducción de daños, el cual tuvo sus orígenes en Europa en la década de 1980 ante la propagación del VIH por el uso compartido de jeringas en el consumo de heroína. Desde ahí se comenzaron a implementar programas de cambio de jeringas y de sustitución opiácea. Sin embargo, el modelo no se reduce a dichas estrategias e implica una mirada integral de la problemática, suponiendo que el permitir formas no problemáticas de consumo no tiene por qué incrementar las tasas de consumo y que, si así ocurriera, éste acarrearía menos consecuencias negativas tanto en lo sanitario como en lo social y criminal, que bajo el actual régimen de prohibición; permitiendo una mejor atención sanitaria y mayor acceso a quienes pudiesen presentar un consumo problemático. Ello mediante el reconocimiento de la presencia y funcionalidad de las drogas en la sociedad (De Rementería, 1998 en UDP, 1999).

Este enfoque busca garantizar a todos el acceso a la información y prevención, y la atención en los servicios de salud, con el fin de minimizar los costos que traen aparejados la penalización del consumo (Inchaurraga, 2001). El foco ya no es el consumo sino los efectos de éste, los que son considerados en términos de utilidad/daño para el consumidor. Entonces se deja a un lado la condena al consumidor y los ideales absolutos, primando lo pragmático. Desde ahí el consumo se considera como una práctica a conciencia y voluntad, reconociendo más responsabilidad del sujeto en cuanto a sus actos. El consumidor deja de ser visto como un niño al que hay que cuidar o un ser carente de voluntad que está esclavizado por la droga. Por el contrario, es una persona que puede elegir y, por consiguiente, el sistema de salud debe brindarle opciones.

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En los últimos años hemos sido testigos del viraje que se ha desarrollado en los tratamientos para abordar el consumo problemático de drogas. Progresivamente se ha ido abandonando, más desde la práctica que de los lineamientos formales, la noción de abstinencia total dando paso a la reducción de daños. Sin embargo, este cambio de paradigma aún no es incorporado del todo por las políticas públicas referente a las drogas, generándose una disonancia entre las líneas programáticas gubernamentales y lo que efectivamente se desarrolla en los dispositivos de tratamiento en función de lo que demandan los usuarios y usuarias de los mismos, quienes muchas veces no están dispuestos a abandonar sus consumos, sino que sólo a reducirlos.

Aun así, se podrían implementar medidas que hicieran del consumo algo más seguro, por ejemplo, velar porque las “pipas” se mantuvieran en condiciones básicas de higiene y no se compartieran para evitar así el contagio de hepatitis u otras infecciones.

Algunas experiencias sobre esta posible solución, han sido desarrolladas en Bolivia por el Dr. Jorge Hurtado, quien ha suministrado hojas de coca para ”mascado” a dependientes de clorhidrato de cocaína y/o pasta base, y por Labigalini en Brasil, quienes suministraron marihuana a abusadores de cocaína intravenosa y de crack, logrando resultados interesantes (Castaño, 2000). Se hace necesario entonces ampliar las líneas investigativas y sistematizar las experiencias locales, lo que resulta complejo cuando las investigaciones y el curso programático que éstas siguen están definidas desde el Estado, lo que dificulta la generación de conocimientos o propuestas que no estén en consonancia con la política del SENDA y el paradigma de reducción de la demanda (Quiroga y Villatoro, 2003).

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Desde la oficialidad, incluyendo el Ministerio del Interior, se cree que al adoptar este enfoque más permisivo, el consumo de drogas aumentaría. Sin embargo, hay experiencias que demuestran que esas aprehensiones no son efectivas. El caso más paradigmático es Holanda que ha implementado una política de reducción de daños (programas de sustitución de opiáceos con metadona, entrega de agujas limpias para evitar el contagio de enfermedades infecciosas, campaña nacional de vacunación contra la hepatitis B, dirigidas a grupos de riesgo de comportamiento, entre otras). Asimismo ha implementado una política de tolerancia hacia los consumidores, despenalizando el consumo de marihuana y haschisch, permitiendo su venta regulada sólo en los llamados «coffeshops» autorizados y un autocultivo de hasta 5 plantas marihuana para consumo personal. Desde ahí no ha constatado un incremento entre sus consumidores lo que, combinado con una actitud más permisiva hacia otras drogas, los ha posicionado con el menor porcentaje de adictos extremadamente problemáticos a nivel europeo (Escohotado, 1998c).

Con la legalización y eventual reglamentación, el Estado podría recaudar considerables tributos, los cuales a su vez se podrían destinar a planes de prevención y educación. Otro eventual beneficio sería que, al estar reglamentada la venta de sustancias, se dejaría de vender productos alterados y altamente tóxicos. Al constituirse la venta de sustancias como una economía legal, se podrían llevar registros más exhaustivos de los consumidores problemáticos, lo que permitiría rediseñar y perfeccionar las políticas de prevención y rehabilitación. También se lograrían reducir gastos en materia judicial y seguridad, decayendo además los niveles de corrupción.

En definitiva los beneficios serían múltiples, pero mientras siga comandando la política prohibicionista a nivel mundial es difícil que Chile se desmarque de ésta. Por lo pronto es manifiesta la necesidad de separar el consumo del tráfico, lo que implicaría modificar la ley penal vigente, donde se tipifica el consumo como una falta. Una alternativa sería utilizar reglamentos civiles o municipales que custodiasen el bien común en espacios públicos, como ya se ha implementado en varios países. La no penalización del consumo no implica una desregulación del mismo (Catalán, 1999 en UDP, 1999).

Son algunas de las interrogantes que surgen al analizar la política pública actual y que impelen a que comencemos a pensar en una nueva política de drogas.

«El maximalismo de desear un mundo libre de drogas forma parte de las visiones idealistas e ideológicas a las que cualquier persona tiene derecho. Para la acción pública, sanitaria y social es deseable un alto grado de realismo y pragmatismo» (Torralba i Novella, 1998 en Inchaurraga, 2001, p. 115).


translators_without_bordersLas traducciones de este artículo han sido realizadas por los voluntarios de Translators Without Borders. ¡Muchas gracias por su contribución solidaria!


Referencias

Castaño, G. (2000). Cocaínas fumables en Latinoamérica. Adicciones, 12, 541-550. Extraído el 13 de noviembre de 2015 desde http://www.adicciones.es/index.php/adicciones/article/view/664/653

Catalán, M. (1999). Reducción de daños. En UDP, Programa Cono- Sur (comp.), Un ángulo diferente para pensar y actuar en el campo de las drogas ilícitas (pp. 129-168). Santiago: Universidad Diego Portales.

De Rementería, I. (1998). El escenario internacional hechos, políticas y paradigmas. En UDP, Programa Cono- Sur (comp.), Un ángulo diferente para pensar y actuar en el campo de las drogas ilícitas (pp. 45-56). Santiago: Universidad Diego Portales.

CONACE (2007). Experiencia chilena en evaluación de programas de tratamiento y rehabilitación del consumo problemático de sustancias psicoactivas. Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes, Ministerio del Interior. Santiago. Extraído el 05 de noviembre de 2015 desde http://www.cicad.oas.org/Main/Template.asp?File=/reduccion_demanda/eulac/main_spa.asp/fs/view/tucuman/lecturas-importantes/grupo-b/Evaluaci%C3%B3n_de_Programas_de_Tratamiento_Chile.pdf

Del Olmo, R. (1989). Drogas: distorsiones y realidades. Nueva Sociedad, 102, 81-93. Extraído el 05 de noviembre de 2015 desde http://www.nuso.org/upload/articulos/1780_1.pdf

Departamento de Epidemiología, Ministerio de Salud (2008). Estudio carga de enfermedad y carga atribuible 2007. Ministerio de Salud. Santiago. Extraído el 05 de noviembre de 2015 desde http://www.cienciasdelasalud-udla.cl/portales/tp76246caadc23/uploadImg/File/Informe-final-carga-Enf-2007.pdf

Escohotado, A. (1998a). Historia general de las drogas 1. Madrid: Alianza.

Escohotado, A. (1998c). Historia general de las drogas 3. Madrid: Alianza.

Inchaurraga, S. (2001). Drogas y políticas públicas: El modelo de reducción de daños. Buenos Aires: Espacio.

Ley 20.000: Sustituye La Ley Nº19.366 que sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas. Ministerio del Interior. Diario Oficial de la República de Chile, Santiago, Chile, 16 de Febrero de 2005. Extraído el 05 de noviembre de 2015 desde http://www.leychile.cl/Navegar?idLey=20000&idVersion=2005-02-16

Quiroga, L. y Villatoro, P. (2003). Tecnologías de información y comunicaciones: su impacto en la política de drogas en Chile. Extracto del informe final CEPAL/CONACE. Santiago, Chile: CEPAL – Naciones Unidas. Extraído el 13 de noviembre de 2015 desde http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/6065/S0310682_es.pdf;jsessionid=594E582F424E25F2D23C4ED57F08EB1C?sequence=1

Torralba i Novella, L. (1998). Evolución de las políticas públicas en drogodependencias la experiencia de Barcelona. En S. Inchaurraga (comp.), Drogas y políticas públicas: El modelo de reducción de daños (pp. 101-116). Buenos Aires: Espacio.